Subvenciones para la mejora de la empleabilidad de los jóvenes y el relevo generacional

Organismo: Gobierno de Aragón
Fecha: 13/05/2026

A fecha 13 de mayo se ha publicado en el BOA la ORDEN EMC/682/2026, de 28 de abril, por la que se convocan para el año 2026 las subvenciones reguladas en la Orden EEI/709/2024, de 21 de junio, por la que se aprueban las bases reguladoras del Programa MEJORA para la concesión de subvenciones destinadas a la mejora de la empleabilidad de los jóvenes y para el relevo generacional en el mercado laboral aragonés.
Entidades beneficiarias:

Podrán ser beneficiarias de las subvenciones previstas en la presente orden las empresas, cualquiera que sea su forma jurídica, las personas trabajadoras autónomas y las entidades privadas sin ánimo de lucro que desarrollen su actividad en la Comunidad Autónoma de Aragón y que, en su condición de empleadoras y cumpliendo los requisitos y condiciones establecidos en esta norma, concierten los contratos de trabajo subvencionables con las personas jóvenes previstas en esta orden.

Podrán ser objeto de subvención, siempre que se celebren a jornada completa y con personas jóvenes con edad igual o inferior a los 35 años desempleadas e inscritas y empadronadas en algún municipio de la comunidad autónoma de Aragón

Periodo ejecutable:

Podrán ser objeto de subvención, de acuerdo con lo establecido en la presente convocatoria, todos aquellos supuestos subvencionables previstos en las secciones 2ª y 3ª del capítulo I de la Orden EEI/709/2024, de 21 de junio, que se produzcan en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Aragón entre los días 1 de octubre de 2025 y 30 de septiembre de 2026, ambos inclusive.

Plazos de solicitud: 

  • El plazo para la presentación de solicitudes de la correspondiente subvención será de quince días hábiles contados desde el día siguiente a la fecha de alta en la Seguridad Social de la persona contratada.

En aquellos supuestos en que la fecha de inicio del contrato o de la transformación estuviese comprendida entre el 1 de octubre de 2025 y el día de entrada en vigor de la presente convocatoria, ambas inclusive, el plazo de quince días para la presentación de solicitudes se contará a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de Aragón. (Hasta el 03/06/2026 inclusive)
Forma de presentación:

Las solicitudes de subvenciones se dirigirán a la persona titular de la Dirección Gerencia del Instituto Aragonés de Empleo, presentándose a través de la Sede electrónica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón en la dirección electrónica: https://www. aragon.es/tramitador/-/tramite/subvenciones-del-programa-mejora o incluyendo en el buscador de trámites la denominación «Subvenciones del Programa MEJORA».